
Colaboración de la Superintendencia de Bancos de Panamá
– Dirigidos a fortalecer la protección de los clientes bancarios, promover una mayor transparencia en los servicios financieros y reforzar los controles aplicables a las operaciones realizadas a través de canales electrónicos, es la finalidad de los Acuerdos No. 8-2026 y No. 9-2026 aprobados por la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP).
– El Acuerdo No. 8-2026, del 22 de septiembre de 2026, establece nuevos lineamientos para la verificación de las transferencias electrónicas de fondos dentro del territorio nacional.
– La norma dispone que los bancos implementen mecanismos que permitan validar la correspondencia entre los datos del beneficiario y la información registrada en las entidades bancarias antes de ejecutar una transferencia.
– Asimismo, la regulación contempla que los clientes puedan verificar, previamente, información clave de la operación, incluyendo el titular de la cuenta receptora, el banco destinatario y el monto de la transacción. También incorpora medidas para advertir posibles inconsistencias que puedan derivar en errores o situaciones de fraude.
– Por su parte, el Acuerdo No. 9-2026, del 22 de septiembre de 2026, modifica el Acuerdo No. 6-2026 al extender hasta el 31 de marzo de 2027 su entrada en vigor. La decisión busca brindar a las entidades bancarias un período adicional para adecuar sus procesos, sistemas y procedimientos a las nuevas disposiciones regulatorias.
– Además, el acuerdo incorpora un modelo ilustrativo de tabla de amortización que servirá como referencia para la aplicación de los requerimientos relacionados con la información que las entidades bancarias deben suministrar a sus clientes en operaciones de crédito.
– Estas medidas forman parte de los esfuerzos continuos de la institución para fortalecer el marco regulatorio bancario y contribuir a la transparencia, la seguridad y la confianza en el sistema financiero panameño.

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