
Colaboración del MEF
– En el arbitraje internacional iniciado por Banesco Holding Latinoamérica S.A. y Banesco (Panamá), S.A. (“Banesco”), ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), Panamá resultó vencedora, a través de la Oficina de Arbitraje de Inversiones, del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
– Mediante Laudo de 5 de mayo de 2026, el Tribunal concluyó que la República de Panamá no infringió sus obligaciones bajo el Tratado, rechazando todos los reclamos de Banesco y ordenándole pagar a Panamá USD 900,000.00 en concepto de honorarios legales y gastos del proceso.
– Panamá contó con la representación de la firma internacional LALIVE en el proceso arbitral.
– En su decisión, el Tribunal determinó que las entidades panameñas no actuaron de manera arbitraria ni con la intención de perjudicar a Banesco, como alegaba la empresa.
– Asimismo, señaló que la entidad bancaria tuvo acceso a los mecanismos legales internos, los cuales utilizó, para impugnar las decisiones con las que no estaba de acuerdo.
– En ese sentido, destacó que los fallos de la Corte Suprema reflejan una interpretación razonable del derecho panameño.
– El laudo también subrayó que el estándar de Trato Justo y Equitativo, invocado por Banesco, no constituye una garantía frente a los riesgos inherentes a la actividad comercial.
– El arbitraje fue iniciado en 2023, cuando Banesco alegó que el Estado panameño había incumplido sus obligaciones bajo el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre España y Panamá, particularmente en lo relativo al trato justo y equitativo y la no obstaculización de las inversiones extranjeras.
– Entre sus argumentos, Banesco sostuvo que diversas entidades panameñas actuaron de forma arbitraria, discriminatoria y sin transparencia, además de vulnerar el debido proceso al ejecutar o amenazar con ejecutar fianzas emitidas por Banesco para garantizar contratos de obra pública incumplidos.
– La empresa reclamaba una indemnización de más de USD 13.5 millones, monto que se reservaba el derecho de aumentar en caso de nuevas ejecuciones de fianzas.
– Esta decisión puso de relieve el compromiso de Panamá con el Estado de derecho y la seguridad jurídica, en materia de inversiones.
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