
Colaboración del MEF
– Un nuevo capítulo con reglas de sustancia económica, comprendido en el Proyecto de Ley 641 de 2026, incorporado al Código Fiscal y presentado por el Gobierno, fue aprobado, en tercer debate, por la Asamblea Nacional, ayer 27 de mayo de 2026.
– La norma es aplicable a entidades de grupos multinacionales domiciliados en Panamá, que obtengan determinadas rentas pasivas del exterior, tales como dividendos, intereses, regalías, ganancias de capital y rentas inmobiliarias.
– La aprobación de esta iniciativa representa un importante avance para el fortalecimiento del marco tributario y económico del país, como resultado del trabajo técnico y coordinado liderado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en conjunto con distintos sectores privados.
– El objetivo de esta iniciativa es el de impulsar un marco legal moderno que promueva el crecimiento económico sostenible y fortalezca la competitividad, estabilidad e imagen internacional de Panamá.
– La nueva legislación ha robustecido el propósito de Panamá con los estándares internacionales de transparencia fiscal y sustancia económica, y consolidado al país como una jurisdicción confiable, moderna y alineada con las mejores prácticas internacionales.
– De acuerdo con la normativa aprobada, las entidades que no acrediten sustancia económica en Panamá, es decir, que no cuenten con personal calificado, instalaciones adecuadas, toma de decisiones estratégicas y gastos operativos reales en territorio nacional, estarán sujetas a una tarifa única y definitiva del 15% sobre la renta neta gravable derivada de dichas rentas pasivas extranjeras.
– La ley también reconoce un tratamiento especial para ingresos derivados de activos intangibles desarrollados en Panamá, tales como patentes, marcas y derechos de autor, con el propósito de incentivar la innovación, el desarrollo tecnológico y la producción de valor agregado en el país.

– Asimismo, incorpora un mecanismo de crédito por impuestos pagados en el exterior para evitar la doble tributación y excluye expresamente del régimen a la marina mercante y a las entidades financieras supervisadas por la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia del Mercado de Valores y la Superintendencia de Seguros y Reaseguros.
– El Proyecto de Ley moderniza, además, el concepto de establecimiento permanente conforme a estándares internacionales, incorpora una cláusula antiabuso y refuerza las garantías de confidencialidad y protección de la información tributaria.
– La normativa entrará en vigencia a partir del período fiscal 2027 y concede un plazo de 90 días al Órgano Ejecutivo para su reglamentación.
– Con esta aprobación, Panamá ha fortalecido su reputación internacional, como una jurisdicción comprometida con la transparencia y con la promoción de una economía basada en actividades reales y sustantivas.
– El nuevo régimen contribuirá a crear mayor confianza entre inversionistas y organismos internacionales, promoverá la atracción de inversión extranjera responsable y fomentará la instalación de operaciones con presencia real, generación de empleos de calidad y desarrollo económico local.
– La nueva normativa también impulsará un entorno de negocios más sólido y sostenible, al favorecer el acceso de Panamá a mercados internacionales, relaciones financieras más estables y mayores oportunidades para el crecimiento económico del país.
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