
Colaboración de la SBP
– El Acuerdo No. 4-2025 de 17 de junio de 2025, «Por medio del cual se modifican los artículos 6 y 9 del Acuerdo No. 1-2011, que dictan lineamientos para la transparencia de la información por el uso de los productos y servicios bancarios», fue emitido por la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP).
– Este nuevo Acuerdo introduce actualizaciones importantes a los artículos 6 y 9 del Acuerdo No. 1-2011, con el objetivo de fortalecer la transparencia en la información que los bancos deben proporcionar a los consumidores, especialmente en el contexto de ventas especiales o ferias promocionales.
– Asimismo, el Acuerdo establece que las entidades bancarias deberán enviar un aviso reiterativo a sus clientes, con al menos dos (2) meses de anticipación, respecto al cobro de la comisión de renovación en préstamos hipotecarios.
– Esta medida busca garantizar que los consumidores estén plenamente informados sobre las condiciones de sus productos financieros y puedan tomar decisiones de forma consciente y oportuna.
– El Acuerdo No. 4-2025 entrará en vigor el 2 de enero de 2026, dando así un plazo prudencial para que las instituciones bancarias realicen los ajustes necesarios para su debida implementación.
– Con esta iniciativa, la SBP reafirma su compromiso con el fomento de prácticas bancarias responsables, transparentes y alineadas con la protección de los derechos de los usuarios del sistema financiero panameño.
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