
Por Eva E. Montilla
– El economista Eric Molino, también fue uno de los expositores en el seminario dictado por la firma Mendoza Arias, Valle & Castillo (MAVCLEX), cuyo público meta fueron sus clientes e invitados especiales, en torno a la Ley 462, orgánica de la Caja de Seguro Social (CSS).
– La temática que abordó el economista Molino, fue el de la “Ley 462 desde la visión económica. ¿Cómo será el nuevo el nuevo sistema de pensiones?”.
– El expositor hizo un desglose de la población ocupada, la cual muestra una base tributaria reducida.
– Mencionó que, según el Instituto Nacional de Estadística y Censo de Panamá (INEC), la población total de Panamá es de 4.5 millones, de la cual 3.4 millones es de mayores de 15 años.
– Conforme a esa fuente, la Población Económicamente Activa (PEA), asciende a 2.1 millones, de los que 202 mil son desempleados, 1.9 millones ocupados, 771 mil son informales, 890 mil particulares e independientes y empleados públicos 245 mil.
– En sus consideraciones preliminares, Molino detalló que, la Ley 462 “no es la propuesta del sector empleador: no incluye cuentas individuales, los empleadores no propusieron cambios en las paramétricas y era una propuesta basada en pilares”.
– “La propuesta -afirmó- combina los aportes de los diferentes sectores en la mesa del diálogo. Para la sostenibilidad del sistema, el aumento a la edad de la jubilación es clave. El crecimiento de la edad de jubilación debió hacerse”.

– Hizo referencia al artículo 128 de la ley, relativo a la creación del Fondo Único Solidario.
– Explicó que: “el Subsistema Exclusivo de Beneficio Definido (SEBD); más el Subsistema Mixto; más el nuevo sistema, es igual al Fondo único Solidario, Sistema Único de Capitalización con Garantía Solidaria”.
– En relación al artículo 129, subrayó que los componentes del Sistema Único de Capitalización con Garantía Solidaria, son: el “Fondo Único Solidario, Pensión No Contributiva y Componente Contributivo basado en cotizaciones”.
– Molino mencionó como “los actores que no son el alcance de la ley: Los salarios son una función de la actividad económica real. La informalidad no se resuelve con la ley. Discontinuidad de las aportaciones. Desempleo juvenil”.
– En cuanto a las premisas de cálculo, precisó que “si está en el SEBD (antes del 2007), sigue siendo 60% de mejores años, no hay cambio; si entra en el de capitalización individual, influye cuándo empezó a cotizar, número de aportaciones totales, cuándo se jubila y rendimiento del Fondo”.
– Molino fue explícito en torno a la diferencia que tendrá la persona en cuando comienza a aportar: “Empieza a los 22 años, el acumulado a los 42 años, será de 44 mil balboas; acumulado a los 62 años, será de 97,800 balboas; la pensión B/.503.78; la tasa de reemplazo 63%”.
– Si el individuo inicia “a los 32 años, el acumulado a los 52 años, 44 mil balboas; si el acumulado a los 62 años, serán 65,600 balboas; pensión, B/.337.91; y la tasa de reemplazo, 42%”.
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